Formación Bonificada. Evaluación positiva, diploma acreditativo o certificado de asistencia.

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En Formación Bonificada (Programada), tanto la modalidad de teleformación (elearning) como la modalidad presencial deben posibilitar la evaluación del proceso de aprendizaje, por ello es obligatorio disponer de exámenes o pruebas de evaluación de cada alumno participante. La entidad organizadora o empresas deberá poder acreditar la evaluación realizada en caso de ser solicitado por el Sepe.

Además, se debe archivar y custodiar los exámenes de los alumnos, y aportar ante la solicitud de un técnico del Sepe. No se aconseja sustituir el archivo de las pruebas de evaluación (exámenes) por un documento de control o acta de notas donde se identifique el curso, participante y la cualificación o nota obtenidas por cada uno de los asistentes finalizados.

Un alumno participante sin evaluación positiva pero que ha cumplido el 75% de asistencia presencial (al menos al 75% de las horas impartidas) o ha realizado al menos el 75% de los controles periódicos de seguimiento de su aprendizaje mediante elearning, sí es posible bonificarlo. Se aconseja que en la formación online realice o visualice el 75% de los contenidos y 75% de los exámenes, y que todo el diseño pedagógico esté desarrollado y explicado en la planificación didáctica del curso (guía didáctica). El documento acreditativo o justificativo de la evaluación efectuada (formato papel o digital), deberá permanecer archivado y a disposición del Sepe.

En el aplicativo aparece la opción para clicar: «En caso de que se haya superado la formación con evaluación positiva, marque esta casilla», eso quiere decir que si el alumno ha superado las pruebas de evaluación diseñadas de forma positiva se indica que Sí, y se emite su Diploma acreditativo, en caso contrario, no se marca y se entrega un certificado de asistencia. Además, el modelo disponible de Diploma o Certificado en la aplicación sólo puede descargarse en PDF, aunque se puede preparar un documento realizado por el centro de formación (sin logo Fundae) pero incluyendo los mismos datos que el que se imprime del aplicativo.

Respecto al diseño de un formato específico de la evaluación de los cursos, la normativa no establece ningún formato, aunque se aconseja que los criterios de evaluación aparezcan en la planificación didáctica del curso. Las entidades organizadoras o empresas archivarán la documentación que acredite la superación con resultado positivo de las pruebas de evaluación propuestas a los alumnos.

En relación a la finalización de alumnos, la novedad es señalar si hay evaluación positiva o no. Y un alumno se considera bonificable si ha asistido al menos al 75% de las horas impartidas presencialmente o ha realizado al menos el 75% de las pruebas periódica de seguimiento o evaluación del aprendizaje online. En los dos casos, si el alumno ha superado las pruebas de evaluación de forma positiva se emite el Diploma acreditativo, y no lo ha superado, se emite un certificado de asistencia.

En los cursos de formación bonificada, los docentes que van a participar en la ejecución de la formación se deben indicar en la comunicación de inicio (hasta el día en el que comienza el curso), y cualquier cambio dentro del periodo lectivo, deberá ser convenientemente comunicado y acreditado a través de la aplicación, aunque Fundae sólo valida los cambios motivados por causa mayor.

En la nueva aplicación se han diseñado los horarios por tramos, que puede ser uno por la mañana y otro por la tarde, o uno antes de un descanso y otro después. Por ello es posible comunicar por ejemplo el horario de inicio y fin del turno de mañana y tras la comida el horario del turno de tarde

En general, la modalidad elearning es financiable o bonificable siempre que se realice a través de un campus virtual de aprendizaje que posibilite la interactividad de alumnos, tutores y recursos didácticos, y que asegure la gestión de los contenidos, un proceso de aprendizaje sistematizado para los alumnos, su seguimiento de aprendizaje continuo y en tiempo real, así como la evaluación de todo el curso. El sistema formativo contará con una metodología apropiada para la modalidad de teleformación, complementada con asistencia tutorial activa. Los tutores deben tener formación y experiencia justificable y verificables en la modalidad.

La modificación del dato de email de la empresa bonificada la puede realizar la Entidad Organizadora en la pestaña «Observaciones», siendo obligatorio adjuntar documento firmado por el representante legal de la entidad bonificada participante y detallar el nuevo correo electrónico, dado que ese correo podrá ser utilizado para el aviso de notificación electrónica.

Aunque una empresa acumuló crédito en 2018 en el año 2019, ahora de nuevo durante 2019 sí puede volver a solicitar acumulación de crédito. Es posible siempre que siga cumpliendo las condiciones establecidas en la normativa, es decir tener menos de 50 empleados y manifestar el deseo de la reserva hasta el 30 de junio de 2019. Pero las cuantías acumuladas y no dispuestas (consumidas) en el último de año (2020), se considerarán desestimadas. Por lo tanto, en el año 2019 también se puede reservar el crédito no gastado durante el ejercicio, para ello se debe manifestar su voluntad de acumular crédito hasta el 30 de junio de 2019

Por último, señalar que en el caso de que el tutor o formador no disponga de NIF o NIE, el aplicativo de Fundae ya dispone de un apartado para seleccionar el Pasaporte. Por otro lado, si por error se mecaniza una empresa dentro “Grupo de Empresas”, para eliminar dicha empresa del Grupo Empresarial, una vez que se ha firmado su alta, es necesario que la misma empresa exponga lo ocurrido a través de la pestaña «Observaciones» de la aplicación telemática.