Novedades en Formación para el Empleo

Tabla de Contenidos

El Ministerio de Empleo intenta mejorar la eficiencia de la Formación para el Empleo, por ello:

 Garantía del ejercicio del derecho a la formación de los trabajadores, empleados y desempleados, en particular, de los más vulnerables.
 Contribución efectiva de la formación a la competitividad de las empresas.
 Eficiencia y transparencia en la gestión de los recursos públicos.

El ejercicio del derecho individual a la formación profesional para el empleo, la garantía y la igualdad en el acceso de los trabajadores y las empresas a una formación vinculada a las necesidades de los mismos. Al mismo tiempo la anticipación a los requerimientos y cambios del modelo productivo, como vía fundamental para reforzar la calidad y eficacia de la formación.

Por otro lado la calidad, eficacia, eficiencia y transparencia en la gestión, así como el compromiso de todos los agentes implicados con el objetivo de dotar de prestigio y reconocimiento al sistema de formación profesional para el empleo. Junto a la estabilidad, seguridad y certidumbre que permita la planificación estratégica y promueva la inversión en recursos formativos; y la articulación del sistema a través de la coordinación y la cooperación interadministrativa en el marco de la competencia normativa del Estado que permita flexibilidad y la optimización de los recursos destinados al sistema.

Para finalizar, respecto a la FORMACIÓN DE DEMANDA, señala el impulso a la formación programada por la empresa para sus propios trabajadores, con la participación de la representación legal de los trabajadores, como vía ágil y flexible de responder a las necesidades más inmediatas y cercanas a empresas y trabajadores. Y el refuerzo de los sistemas de información, el seguimiento y control, la evaluación permanente en todas las etapas del proceso formativo, incluida la adecuada medición de su impacto y el compromiso con la mejora continua.

También el acceso a una financiación suficiente, estable y equitativa, bajo el respeto de la unidad de caja y el carácter finalista de la cuota de formación profesional, que deberá gestionarse en régimen de concurrencia competitiva abierta a todos los proveedores de formación, públicos y privados, acreditados conforme la normativa vigente, para la impartición de toda la programación formativa de las distintas Administraciones públicas.