Existen muchas profesiones con formación previa obligatoria, es decir con necesidad de carnés, capacitaciones, tarjetas, certificados profesionales, etc, ya que son actividades y ocupaciones que requieren respetar algunas normas técnicas, de seguridad, de higiene, …, que si no se aplican correctamente pueden causar graves perjuicios.
Son actividades más arriesgadas de lo que en un principio se podría suponer, y que requieren una formación previa antes de ejercer dicho oficio, por ello la Administración ha establecido los certificados profesionales, más conocidos como carnets profesionales. El carnet profesional demuestra una capacitación profesional y está basado en un documento que sirve para que las empresas puedan garantizar que sus trabajadores conocen el reglamento específico de su oficio y están, por tanto, en condiciones de cumplirlo.
Existen unos carnets o certificados de cualificación individual en el ámbito de la seguridad industrial, que habilitan para ejercer profesiones para el diseño, ejecución y mantenimiento de las instalaciones industriales (calefacción, baja tensión, grúas…). También en otros ámbitos, como el de la agricultura, se exigen determinados carnés o acreditaciones por ejemplo para aplicar plaguicidas, o en el área de la salud para manipular alimentos o ejercer de tatuador. Por otro lado, en asuntos de PRL, toda formación dirigida a instruir sobre los riesgos derivados del puesto de trabajo y sobre las medidas de prevención a adoptar, se convierte en obligación para la empresa y, para el trabajador.
Por todo ello, el carné profesional certifica que se poseen determinados conocimientos muy concretos, imprescindibles para desempeñar una determinada función sin riesgos para uno mismo, para los usuarios o para el medio ambiente. Por ejemplo, actualmente la normativa señala la responsabilidad de formar a los manipuladores de alimentos, y ya no reside en la administración sanitaria, sino que es la empresa la que debe encargarse de que sus trabajadores obtengan el certificado de manipulador de alimentos y reciban una adecuada formación.
En el sector sanitario, las administraciones públicas son las responsables de asegurar la calidad de las actividades de formación continuada que se ofertan a los profesionales sanitarios proceso formativo que se ha sometido a evaluación en un sistema de acreditación y que se desarrolla de forma permanente a lo largo de la vida laboral de un trabajador, con la intención de mantener la capacitación del profesional. No debemos confundirlos con los créditos universitarios, ya que los cursos homologados con créditos de formación continuada del ámbito sanitario no son canjeables por créditos universitarios. De manera general, podemos hablar de que un curso acreditado por un determinado organismo o entidad es un curso avalado y reconocido, por dicho organismo, con un determinado valor.
El valor de la acreditación, dependerá del organismo o entidad que lo acredita. dichos créditos son acumulables a los efectos de valor curricular. Tienen derecho y obligación los profesionales sanitarios y se inicia al finalizar los estudios de pregrado o de especialización. Se realiza de acuerdo con los requisitos, procedimiento y criterios establecidos por la comisión de formación continuada y tendrá validez en todo el territorio nacional, sea cual sea la administración pública que expidió la acreditación formación continuada en salud pública. Más información en http://www.congresosdeformacion.com/
Otra formación con acreditación y también línea de negocio para los centros de formación está relacionada con uso de productos fitosanitarios, ya que puede tener efectos desfavorables en la producción vegetal y puede entrañar riesgos para los seres humanos, animales y el medio ambiente. Es necesaria una formación previa a su utilización, así surge la demanda de aplicador/manipulador de plaguicidas de uso fitosanitario y ganadero (nivel básico), aplicador/manipulador de plaguicidas de usos fitosanitario y ganadero (nivel cualificado), fumigador, o piloto aplicador.
Para la prevención y control de la legionelosis, el personal dedicado a efectuar estas operaciones deberá realizar los cursos homologados por el ministerio de sanidad, servicios sociales e igualdad a propuesta de las cc.aa. correspondientes y de las ciudades de Ceuta y Melilla.las entidades que realicen cursos autorizados expedirán, tras la realización de las pruebas de evaluación correspondientes, un certificado de aprovechamiento del mismo, para cada uno de los alumnos inscritos que hayan superado dichas pruebas.
Existe formación para aplicador de plaguicidas de uso ambiental e industria alimentaria (basico), aplicador de plaguicidas fitosanitarios (cualificado), aplicador de plaguicidas de uso ambiental e industria alimentaria (cualificado), plaguicidas especial fosoforo de aluminio y magnesio, plaguicidas especial bromuro de metilo, plaguicidas especial arsenito sodico, legionella, etc.
Cambiando de profesión, es necesario formación en vigilantes de seguridad, vigilantes de seguridad de explosivos, vigilantes de minas, depósito de explosivos, traslado a canteras, etc., centrales de producción de energía (nucleares, térmicas, etc.), control de equipajes de pasajeros en aeropuertos y estaciones de trenes, autobuses, estaciones marítimas, etc, transporte de fondos (dinero, valores y objetos valiosos y peligrosos), etc. La superación con evaluación positiva de la formación establecida en el presente Carnet, garantiza la formación requerida para la obtención de la habilitación de vigilante de seguridad y vigilante de explosivos de acuerdo a la normativa actual.
Por último, el centro de estudios puede formar a bañista-socorrista, socorrista en playas marítimas, socorrista en playas fluviales, socorrista en lagos y embalses, socorrista de apoyo en unidades de intervención acuática, socorrista en actividades acuáticas en el entorno natural, o socorrista en actividades náutico-deportivas.