Aspectos importantes en la Formación Bonificada.

Tabla de Contenidos

Aspectos importantes en la Formación Bonificada.

De un modo general, los documentos fundamentales que se deben cumplimentar y conservar en la gestión e impartición de la Formación Bonificada (Programada) son los siguientes:

-Contrato de Encomienda y Adhesión al contrato de encomienda.

-Control de asistencia y recibí del material didáctico (modalidad presencial).

-C. Vitae y acreditaciones del profesor – tutor.

-Relación de contenidos del curso y copia del manual aportado a los alumnos.

-Recursos didácticos utilizados y Programación Didáctica.

-Justificación o acreditación de la entrega del título, certificado o diploma.

-Copia de los cuestionarios de evaluación de calidad de todos los alumnos finalizados.

-En cursos Online: registros de conexiones, y de interacción entre alumno y tutor, controles de aprendizaje, pruebas de evaluación, guía didáctica, guía del campus,…

-Si la empresa dispone de sindicato, el informe de la RLT.

-Facturas y documentación justificativa de los costes y comprobantes de pago.

En los cursos online, un alumno se considera finalizado si los tiempos de conexión, participación, e interacción en la plataforma o campus van en consonancia con la formación, aprendizaje y las horas totales indicadas y tutorizadas. Se comprobarán los tiempos de conexión del alumno y del tutor, las actividades de aprendizaje, la interactividad, los contenidos superados, participación en foros y chat, contestación de las preguntas mediantes mensajería interna, etc.

Los gastos relacionados con la docencia, preparación de clases, seguimiento, tutorías, evaluación del aprendizaje, adaptación pedagógica, metodología aplicada al grupo formativo, o la preparación de los medios didácticos, se consideran costes directos o impartición.

Si un alumno-trabajador causa baja en la empresa una vez iniciada la formación, si sigue con el proceso formativo y finaliza el curso, la empresa que lo tenía contratado el primer día lectivo, sí puede bonificar los costes de formación.

Lo máximo que se puede bonificar será el saldo real del crédito disponible en ese momento, o la suma de todos los costes o el importe máximo financiable indicado en la fórmula de los precios de los módulos.

Las bonificaciones en los seguros sociales de las empresas se pueden aplicarse en los TC o boletines de cotización de cualquier CCC – código de cuenta de cotización de la empresa. No es necesario hacer coincidir la bonificación de cada empleado con la que le corresponda. El crédito corresponde a la empresa (CIF) y no está asignado a ninguna sucursal, cuenta de cotización o trabajador.

La empresa participante en la formación puede bonificarse antes de pagar las facturas correspondientes a la formación objeto de la bonificación, siempre que sea posterior al mes siguiente a la finalización o posterior a la comunicación de fin en el aplicativo. Los pagos de las facturas de los costes de la formación tienen un plazo máximo del 30 de enero del año siguiente.

Está permitido cumplimentar y conservarse las hojas de firmas o control de asistencia en formato electrónico, siempre que se mantenga toda la información y un formato parecido al de papel. En el caso de un seguimiento o control debe estar disponible en el aula, y permitir que se pueda realizar una copia.