Las academias y empresas de formación presencial y los encuentros en la Segunda y Tercera Fase.

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En 1977 Spielberg creó la película de Encuentros en la tercera fase que cuenta la historia de un electricista de Indiana a quien le cambia la vida tras experimentar un encuentro con un OVNI. Y el pasado sábado el BOE también se inventa los encuentros de los centros de formación con la segunda y tercera fase.

El pasado BOE del sábado 23 de mayo en la Orden SND/440/2020 por la que se modifican diversas órdenes para una mejor gestión de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID, en su capítulo XIII señala las medidas de flexibilización en el ámbito educativo y de la formación, marcando que a partir del lunes 25 de mayo en los zonas de España en la Fase 2 pueden abrir las autoescuelas y academias, cumpliendo un tercio de su aforo. En la Fase3 el aforo de los centros de estudios será de un 50%.

También indica las medidas de flexibilización a adoptar por las administraciones educativas, según el artículo 7 del Real Decreto 537/2020, explicando que dichas administraciones educativas podrán disponer la flexibilización de las medidas de contención y la reanudación de las actividades presenciales en el ámbito educativo no universitario y de la formación, así como la ejecución de dichas medidas. Asimismo, podrán decidir mantener las actividades educativas a través de las modalidades a distancia y Online, siempre que resulte posible, y aunque no fuera esta la modalidad establecida como forma específica de enseñanza en los centros.

En cuanto a otras actividades educativas o de formación no indicadas anteriormente, tales como autoescuelas, centros de estudios, empresas de formación o academias, podrán disponer la reanudación de su actividad presencial, siempre que no se supere un tercio de su aforo. Asimismo, deberán priorizar, siempre que sea posible, las modalidades de formación a distancia y Online.

Pero es obligatorio aplicar las medidas de higiene y prevención previstas para los establecimientos y locales comerciales de carácter minorista, entre ellas la de limpiar el local al menos dos veces al día, una limpieza y desinfección de las instalaciones con especial atención a las superficies de contacto más frecuentes como pomos de puertas, mostradores, muebles, pasamanos, máquinas dispensadoras, suelos, teléfonos, grifos, etc

Asimismo, se realizará una limpieza y desinfección de los puestos de trabajo en cada cambio de turno, con especial atención a mostradores y mesas, y otros elementos susceptibles de manipulación, prestando especial atención a aquellos utilizados por más de un trabajador. En el caso de la venta automática, máquinas expendedoras, o similares, se debe asegurar el cumplimiento de las medidas de higiene y desinfección adecuadas.

Además de mantener la distancia entre profesor y alumnos, y contar con elementos de protección o barrera. Los centros educativos y de formación deberán poner a disposición del público, y en todo caso en la entrada del centro, dispensadores de geles hidroalcohólicos o desinfectantes con actividad virucida autorizados y registrados por el Ministerio de Sanidad, que deberán estar siempre en condiciones de uso.

En el caso de autoescuelas, en las clases prácticas de conducción será obligatorio el uso de mascarillas en el vehículo de prácticas, tanto por el profesor como por el alumno. Asimismo, se deberá limpiar y desinfectar el vehículo de prácticas antes y después de su uso por cada alumno o alumna, prestando especial atención a los elementos de uso común y el mando del vehículo, así como llevar a cabo su ventilación posterior.

El titular de la actividad económica deberá asegurar que se adoptan las medidas de limpieza y desinfección adecuadas a las características e intensidad de uso de los centros, entidades, y locales. Especial atención a las zonas de uso común y a las superficies de contacto más frecuentes como pomos de puertas, mesas, muebles, pasamanos, suelos, teléfonos, etc.

Utilizar desinfectantes como diluciones de lejía o cualquiera de los desinfectantes con actividad virucida que se encuentran en el mercado. Tras cada limpieza, los materiales empleados y los equipos de protección utilizados se desecharán de forma segura, procediéndose posteriormente al lavado de manos.

También limpiar zonas privadas de los trabajadores, tales como vestuarios, taquillas, aseos, salas de reuniones, descanso, etc. Asi como puestos de trabajo compartidos por más de un trabajador, se realizará la limpieza y desinfección del puesto tras la finalización de cada uso, con especial atención al mobiliario y otros elementos susceptibles de manipulación.

Se deben realizar tareas de ventilación periódica en las instalaciones y, como mínimo, de forma diaria y durante el tiempo necesario para permitir la renovación del aire. Si existe ascensor o montacargas, su uso se limitará al mínimo imprescindible y se utilizarán preferentemente las escaleras. Cuando sea necesario utilizarlos, la ocupación máxima de los mismos será de una persona, salvo que sea posible garantizar la separación de dos metros entre ellas.

El uso de los aseos esté permitido por clientes, visitantes o usuarios, su ocupación máxima será de una persona, y deberá reforzarse la limpieza y desinfección de los referidos aseos garantizando siempre el estado de salubridad e higiene de los mismos. Se fomentará el pago con tarjeta u otros medios que no supongan contacto físico entre dispositivos, se deberá disponer de papeleras en las que poder depositar pañuelos y cualquier otro material desechable. Dichas papeleras deberán ser limpiadas de forma frecuente, y al menos una vez al día.