En los Presupuestos Generales de 2017 se indica que las políticas de empleo buscan la creación, el mantenimiento y la potenciación del empleo de calidad. Se mantiene la articulación de las políticas de activación para el empleo en torno a seis ejes: orientación, formación, oportunidades de empleo, igualdad de oportunidades en el acceso al empleo, emprendimiento y mejora del marco institucional del Sistema Nacional de Empleo.
En concreto, durante el periodo 2014-2020, el Sepe participa en los Programas Operativos de Empleo Juvenil, de Empleo, Formación y Educación y de Inclusión Social y de la Economía Social. Asimismo, este programa presupuestario contiene la financiación para alcanzar los objetivos contemplados en la Estrategia Española de Activación para el Empleo aplicable en 2017.
Se desarrollan los ejes de Orientación profesional, motivación, asesoramiento, diagnóstico y determinación del perfil profesional y de competencias, junto al de Formación, que incluye las actuaciones de formación profesional para el empleo, dirigidas al aprendizaje, formación, recualificación o reciclaje profesional y de formación en alternancia con la actividad laboral, incluidos los programas públicos de empleo y formación, que permitan al beneficiario adquirir competencias o mejorar su experiencia profesional, para mejorar su cualificación y facilitar su inserción laboral.
El Sepe sin perjuicio de las competencias que puedan corresponder a las CCAA de acuerdo con la normativa aplicable y los reales decretos de traspaso de competencias, le corresponde la aplicación del programa de fomento de empleo y demás medidas de fomento de la contratación mediante bonificaciones de cuotas a la Seguridad Social; de las bonificaciones de cuotas a la Seguridad Social para compensar el coste de la formación en los contratos para la formación y el aprendizaje, y de las bonificaciones de cuotas por formación profesional que se apliquen las empresas para el empleo de demanda dentro de la iniciativa de formación programada por las empresas para sus trabajadores.
Por otro lado, se establece también la conversión de reducciones a la cotización a la Seguridad Social en bonificaciones, con cargo al presupuesto del Sepe cuando se trate de medidas en beneficio de jóvenes inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil. Para ello, introduce modificaciones en la Ley 20/2007, y en los contratos para la formación y el aprendizaje.
Asimismo, durante 2017 se seguirá desarrollando la reforma del nuevo modelo de Formación Profesional para el Empleo que contempla la Ley 30/2015, que tiene por objeto regular la planificación y financiación del sistema de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral, la programación y ejecución de las acciones formativas, el control, el seguimiento y el régimen sancionador, así como el sistema de información, la evaluación, la calidad y la gobernanza del sistema. El sistema de formación profesional para el empleo será de aplicación en todo el territorio nacional y responderá a una acción coordinada, colaborativa y cooperativa entre las Administraciones Públicas competentes y los demás agentes que intervienen en el mismo, respetando el marco de distribución de competencias.
También continuarán en este ejercicio las mejoras o facilidades de realización de los contratos para la formación y el aprendizaje, regulados en el RD 1529/2012 que suponen la posibilidad de financiar la formación inherente a los mismos, no sólo mediante bonificaciones en cuotas a la Seguridad Social, sino también mediante Convenios de Colaboración con las Administraciones Autonómicas competentes para financiar los posibles costes adicionales de esta formación.
En el apartado de formación, con la aprobación del RD-ley 4/2015 para la reforma del Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral, y posteriormente, de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el empleo en el ámbito laboral, se ha acometido una reforma integral del sistema que garantiza el interés general y la necesaria estabilidad y coherencia que precisa el sistema.
El eje básico de la reforma en esta materia es el reconocimiento de la formación profesional como un derecho individual, regulándose un permiso retribuido con fines formativos para los trabajadores. Por otro lado, se reconoce a los trabajadores el derecho a la formación profesional dirigida a su adaptación a las modificaciones operadas en el puesto de trabajo. También se prevé que los Servicios Públicos de Empleo otorguen a cada trabajador una cuenta de formación asociada al número de afiliación a la Seguridad Social y se reconoce a los centros y entidades de formación, debidamente acreditados, la posibilidad de participar directamente en el sistema de FPE, con la finalidad de que la oferta formativa sea más variada, descentralizada y eficiente.
En cuanto a las Iniciativas de formación, según Ley 30/2015, se apoya la formación programada por las empresas para sus trabajadores. Las acciones formativas programadas por las empresas responderán a las necesidades formativas reales, inmediatas y específicas de aquéllas y sus trabajadores.
En la formación programada por las empresas podrán participar los trabajadores asalariados que prestan sus servicios en empresas o en entidades públicas no incluidas en el ámbito de aplicación de los acuerdos de formación en las Administraciones Públicas, incluidos los trabajadores fijos-discontinuos en los períodos de no ocupación, así como los trabajadores que accedan a situación de desempleo cuando se encuentren en período formativo, y los trabajadores acogidos a regulación de empleo en sus períodos de suspensión de empleo.