Se ha aprobado un nuevo modelo de recibo individual justificativo del pago de salarios, para dar cumplimiento específicamente a lo previsto en la Ley General de la Seguridad Social, donde el empresario descontará a sus trabajadores, en el momento de hacerles efectivas sus retribuciones, la aportación que corresponda a cada uno de ellos. Si no efectuase el descuento en dicho momento no podrá realizarlo con posterioridad, quedando obligado a ingresar la totalidad de las cuotas a su exclusivo cargo.
En los justificantes de pago de dichas retribuciones, el empresario deberá informar a los trabajadores de la cuantía total de la cotización a la Seguridad Social indicando la parte de la cotización que corresponde a la aportación del empresario y la parte correspondiente al trabajador.
Hasta ahora, en los recibos de salarios de los trabajadores únicamente constaban la base de cotización y el tipo de retención correspondientes a la aportación del trabajador, pero no la determinación de la aportación del empresario.
El Ministerio de Empleo ha aprobado un nuevo modelo de nómina que las empresas deberán ir adoptando progresivamente y que permitirá a los empleados disponer de un mayor detalle de la información relacionada con su salario. A partir de ahora el empresario debe informar de la cuantía total de la cotización a la Seguridad Social indicando la parte de cotización que corresponde a la empresa y la que corresponde al trabajador.
En concreto, en las nóminas actuales sólo se refleja lo que pagan los trabajadores en cotizaciones por contingencias comunes (4,7%), por desempleo en contratos fijos (1,5%), por desempleo en contratos temporales (1,6%) y por formación profesional (0,1%).
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