Todos sabemos que en enero de 2020 se pusieron en marcha algunas novedades en la Formación Bonificada, como la capacidad de cambiar horarios dentro del periodo lectivo sin que el grupo formativo se Incidente, siempre que no se cambie fecha de inicio y fin. También poder cambiar de tutores en modalidad Teleformación o profesores en presencial, sin que el grupo quede Incidentado. Al mismo tiempo en el mes de mayo se actualizaron los créditos de formación, los datos de cuota de formación y de plantilla, y se incorporaron a la aplicación telemática tras ser facilitados por la Tesorería General de la Seguridad Social.
La Resolución del mes de abril permitía la posibilidad de cambiar de Presencial al uso del Aula Virtual (uso de videoconferencias con control de los participantes y con un informe de conexión de los alumnos), la reducción de los plazos en las comunicaciones de inicio (comunicar un curso con tan solo 2 días antes del comienzo de la formación). La cancelación o la modificación de los datos de un curso que suponga un cambio de horario, fecha de ejecución, o de lugar debe ser comunicada con un día de antelación al comienzo. También se puso en marcha la ampliación de plazo de ejecución de cursos y PIF,, ya que estaba permitido paralizar la formación y reanudarla posteriormente.
Por ello, desde abril hasta final de año 2020, los grupos formativos suspendidos por el estado de alarma en modalidad presencial o mixta, puedan ejecutarse en esa modalidad utilizando el aula virtual, manteniendo el precio de 9 o 13 euros. En este caso, por utilizar el aula virtual, la entidad entidad organizadora o impartidora debe informar del medio utilizado como aula virtual (webex, teams, zoom, clickmeeting, etc.), del modo de conexión al aula virtual, la persona de contacto y teléfono.
Para los próximos meses seguirán la discusiones entre Ministerio de Empleo y de Educación para apropiarse de los Fondos de la Formación, seguro que se propondrá alguna remodelación de las políticas activas de empleo, así como algunos proyectos nuevos para dar formación sobre digitalización a los trabajadores, o alguna estrategia sobre empleo juvenil. Respecto a los problemas entre Ministerios sobre la gestión de los recursos de la cuota del 0,7% que empresarios y trabajadores pagan en las nóminas para financiar los cursos, algún medio de comunicación ha señalado que ello ha paralizado unos 1.000 millones de euros.
Por otro lado, se espera una publicación de la nueva norma del teletrabajo, donde los empleados tendrán los mismos derechos que los trabajadores en modalidad presencial (excepto si alguno de ellos corresponde a la prestación presencial laboral). La futura norma pretende equilibrar las ventajas del teletrabajo entre empresa y empleado, para ello, entrará a regular los conceptos de teletrabajo y trabajo a distancia, no discriminación del trabajador a distancia, no modificar las condiciones pactadas, especialmente en lo relativo a la jornada y salario. Respecto a la Formación Bonificada no está previsto grandes cambios para el año 2021.
El contenido mínimo obligatorio del acuerdo del teletrabajo regulará el inventario del equipamiento necesario para teletrabajar, compensación de los gastos directos del trabajador a distancia, horario de trabajo y reglas de disponibilidad, distribución entre el trabajo presencial y a distancia, medios de control empresarial de la actividad, etc. En la nueva regulación se mantendrá el derecho a la formación, a la promoción profesional, a recibir los medios suficientes, a la compensación de gastos, a un horario flexible. También el derecho al registro horario, pero teniendo en cuenta los tramos de actividad, tiempo de activación de equipos, tiempo de preparación para las tareas y entrega, sin perjuicio de la flexibilidad horaria. Y por último, a derecho a la prevención de riesgos laborales, evaluación del puesto, tiempo de disponibilidad, descansos, desconexiones, etc.