El cheque formación, cuenta de formación y el derecho de las 20 horas anuales.

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Las CCAA pueden ofrecer a los desempleados itinerarios formativos personalizados previa inscripción en el Plan de Garantía Juvenil, y posteriormente entregar un Cheque de Formación para realizar un curso en un centro acreditado o inscrito.

Como alternativa a las convocatorias de subvenciones de Oferta o a la aplicación del régimen de contratación pública, se puede utilizar la financiación para cursos para desempleados mediante la implantación del cheque formación.

El cheque formación debe mejorar la empleabilidad, y se entregará tras realizar un itinerario personalizado de inserción, con la posibilidad de que el desempleado pueda participar en una actividad formativa con un coste preestablecido (pero que no debe aportar el alumno).

Se programará una oferta formativa amplia y suficiente para cubrir las necesidades formativas individuales detectadas, con especial atención en Idiomas, TICs y módulos de Certificados de Profesionalidad.

Las entidades formativas deberán figurar acreditadas y/o inscritas en el correspondiente registro y no podrán subcontratar con terceros la ejecución de la actividad formativa. Por contratación de personal docente se entiende exclusivamente la contratación de personas físicas.

Se pondrá en marcha un sistema de información y seguimiento específico de la actividad formativa del trabajador, que permita la conexión on-line de las entidades de formación seleccionadas con el servicio público de empleo competente.

El desempleado elegirá la que desee dentro del listado de entidades de formación seleccionadas por la Administración Pública, y una vez finalizado el curso, el centro de formación cobrará de la Administración.

Se creará un sistema de información de los Servicios Públicos de Empleo para el intercambio de datos, la Cuenta de Formación, el Catálogo de Especialidades Formativas, y el Registro Estatal de Entidades de Formación. Por ello, en todo momento el trabajador mecanizando su número de afiliación a la seguridad social podrá visualizar toda la formación reglada y oficial que ha recibido (que tiene acreditada).

El contenido y el procedimiento de acceso a la Cuenta de Formación, así como la forma y plazos para las anotaciones a realizar en la misma por los servicios públicos de empleo, de manera que se garantice la fiabilidad de la información incorporada a la citada Cuenta de Formación.

Las competencias profesionales adquiridas a través de la formación podrán ser evaluadas y acreditadas, al igual que las adquiridas a través de la experiencia laboral, que podrá dar lugar a la obtención, en su caso, de las correspondientes acreditaciones totales o parciales de certificados de profesionalidad, que se reflejarán en la Cuenta de Formación del trabajador.

Las 20 horas de formación anual que tienen derecho todos los trabajadores se permiten que se pueda bonificar en los seguros sociales. Este permiso retribuido va dirigido a empleados con más de un año en la empresa, cantidad de horas acumulable durante 5 años y que se puede comprometer en el marco de la negociación colectiva planes de formación.

La programación y gestión de estas acciones formativas podrá realizarse por las empresas con flexibilidad en sus contenidos y el momento de su impartición, siempre que se respete el derecho de información y consulta de la RLT.