Comunicación de los cursos de Formación de Demanda.

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Las empresas y las entidades organizadoras deberán comunicar el inicio y fin de las iniciativas programadas, debiendo asegurar el desarrollo satisfactorio de los cursos, así como la adecuación de la formación a las necesidades formativas de las empresas y sus trabajadores. Se comunicará la denominación y los contenidos básicos, la modalidad de impartición, el número previsto de trabajadores participantes y el de profesores y/o tutores en cada curso y la fecha, horario y lugar de realización, así como la razón social y el CIF de cada una de las empresas que tienen previsto participar en la formación.

Asimismo, antes de que la empresa se aplique la bonificación correspondiente se deberá comunicar la finalización de cada grupo formativo con información sobre la denominación de la acción formativa realizada, el listado de trabajadores participantes que han finalizado la formación, el número de horas lectivas y el coste total de la formación, con indicación del coste máximo bonificable.

Se deberá tener en cuenta la cofinanciación para empresas de más de 5 trabajadores, es decir la diferencia entre el coste total de la formación y la bonificación aplicada por la empresa. La comprobación de esta exigencia se realizará una vez finalizada la formación correspondiente a todo el ejercicio.