Derecho a 20 horas de formación

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En el apartado Formación, todos los trabajadores tendrán derecho a 20 horas de formación al año pagadas por la empresa y vinculada al puesto de trabajo. Además se crea una cuenta que recopilará toda la formación recibida por el trabajador durante su vida activa.

Respecto a los convenios de empresa tendrán prioridad sobre los de ámbito superior. El empresario podrá incumplir lo pactado en un convenio colectivo (descuelgue) en materia de horario, distribución del tiempo de trabajo, turnos, salarios o funciones, cuando concurran causas económicas, técnicas, organizativas o de producción.

Se considera causa económica si hay disminución persistente de ingresos ordinario o ventas.

En este caso, se entenderá que dicha disminución es persistente si durante dos trimestres consecutivos los ingresos ordinarios o ventas de cada trimestre son inferiores al registrado en el mismo periodo del año anterior.

Además, el empresario podrá modificar hasta un 10% (180 horas) la jornada anual de un trabajador Se limita a un año la prórroga automática de los convenios colectivos (ultraactividad) y si transcurrido ese periodo no se alcanza un acuerdo, se aplicará el convenio de ámbito superior (sectorial o territorial) y también se puede acudir a la Comisión Consultiva Nacional de Convenios Colectivos para que medie.

En cuanto a los Autónomos. se establecen bonificaciones por nuevas altas de familiares colaboradores de trabajadores autónomos que equivaldrán al 50 % de la cuota que resulte de aplicar sobre la base mínima de cotización durante los 18 meses inmediatamente siguientes a la fecha de alta.