En marzo de 2020 empezó la pandemia en nuestro país, y ello ha influido en las relaciones laborales y en la formación continua. El último cambio normativo es el Real Decreto Ley 18/1021 de medidas urgentes para la protección del empleo la recuperación económica y la mejora del mercado de trabajo, buscando seguir apoyando a empresas y trabajadores, y estableciendo la formación con un papel importante.
Las empresas que decidan prorrogar los Ertes, tendrán derecho a ampliar sus exoneraciones a la seguridad social hasta el 80% siempre y cuando la empresa imparta acciones formativas para cada una de los empleados. Ese porcentaje del exoneraciones y la cotización a la seguridad social será mayor si la empresa no realiza formación. Aunque sí puede aprovechar las deducciones o bonificaciones si acredita la disposición de las acciones formativas.
La medida es una ayuda a empresas y trabajadores que se encuentren en una situación de Erte y necesiten dicha ayuda para poder continuar su actividad económica, con apoyo de cursos, con el objetivo mejorar las competencias profesionales y amplia habilidad de la persona afectada por expedientes de regulación temporal de empleo. Son cursos dirigida a atender las necesidades formativas reales de las empresas y los trabajadores incluyendo las vinculada adquisición de competencias digitales así como aquellas que decida el empleado y que no tengan relación directa con la actividad desarrollada en la empresa.
Puede ser formación bonificada y también formación de oferta. En cuanto a la duración de la acción formativa, el mínimo de horas es de 2 para las micropymes, para empresas a partir de 10 trabajadores en plantilla es 30 horas, y para plantilla de entre 10 a 49 es de 40 horas. El plazo para la impartición de las acciones formativas finaliza 30/06/2022, es decir la formación se puede iniciar desde el 1 de noviembre y podrá finalizar hasta finales de junio de 2022.
El porcentaje de exoneración también varía en función de la plantilla, las empresas con menos de 10 trabajadores pueden deducir un 80% con formación, y si no realiza cursos sólo un 50%, para empresas de mayor tamaño también pueden aprovechar un 80%. Todo se financia a cargo de la aportación extraordinaria del servicio público de empleo estatal. Las empresas pueden aprovechar un incremento del crédito para la financiación de acciones en el ámbito de la formación programada de esta forma pueden recibir hasta 425€ por persona trabajadora en las micropymes. O 400€ por trabajador en aquellas entidades con mayor plantilla.
Es decir, además de las exoneraciones las empresas que formen a personas afectadas por expedientes de regulación temporal de empleo en las condiciones previstas en la normativa tendrán derecho a un incremento de crédito para la financiación de acciones en el ámbito de la formación programada de la cantidad que se indica a continuación, en función del tamaño de la empresa:
De 1 a9 personas trabajadoras: 425 euros por persona.
De 10 a 49 personas trabajadoras trabajadores: 400 euros por persona.
De 50 o más personas: 320 euros por persona.
Más info en el curso del 5 y 9 noviembre >>>>>> Curso Erte y Formación 2021