Formación Bonificada (Programada): dentro o fuera del horario laboral

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La Formación bonificada, también conocida como Formación Programada por las empresas, es una herramienta ideal para la actualización de las competencias profesionales de los trabajadores. Esta formación se financia a través de las bonificaciones en las cuotas de la Seguridad Social (créditos anuales de formación). Sin embargo, un aspecto fundamental es si esta formación se realiza dentro o fuera del horario laboral, lo cual afecta tanto a los derechos de los trabajadores como a la organización interna de las empresas.

Formación dentro del horario laboral

La formación impartida dentro del horario laboral suele ser la opción preferida por los trabajadores, ya que permite que continúen recibiendo su salario mientras adquieren nuevas competencias. En este contexto, la normativa establece que los costes salariales de los trabajadores durante las horas de formación pueden ser justificado como cofinanciación de las empresas. Es importante destacar que, cuando la formación se realiza dentro del horario laboral, la empresa debe cumplir con ciertos requisitos, como asegurar la participación voluntaria de los empleados y garantizar la gratuidad de la formación. La Representación Legal de los Trabajadores (RLT) también debe ser informada previamente sobre las acciones formativas que se llevarán a cabo.

Formación fuera del horario laboral

Por otro lado, la formación fuera del horario laboral ofrece flexibilidad tanto a la empresa como a los trabajadores, permitiendo que estos últimos continúen formándose sin interrumpir su jornada laboral habitual. Sin embargo, cuando la formación se realiza fuera del horario de trabajo, el trabajador debe aceptar voluntariamente participar, sin que se vea afectado por ningún tipo de penalización si decide no asistir. En esta situación, los costes salariales no son justificable como cofinanciación, ya que no hay afectación al horario de trabajo. Sin embargo, la empresa sigue pudiendo bonificar los costes directos e indirectos relacionados con la formación, como el coste de los formadores, los materiales didácticos o el alquiler de las instalaciones.

Cofinanciación Privada. Tipos

La cofinanciación privada es un concepto clave en la gestión de la Formación Bonificada. Según la normativa vigente, las empresas, especialmente las de mayor tamaño, están obligadas a financiar una parte de los costes de la formación de sus empleados con recursos propios. Este requisito, conocido como «cofinanciación privada», garantiza que las empresas también inviertan en la mejora continua de su personal. La cofinanciación privada se refiere a la contribución que realiza una empresa, con recursos propios, para financiar parte de los costes de los cursos de sus empleados

La cofinanciación privada puede ser de dos tipos: dineraria y no dineraria. Ambos tipos permiten a las empresas cumplir con su obligación de cofinanciación, pero cada uno se aplica de manera distinta.

  • Cofinanciación Dineraria:  La cofinanciación dineraria (o aportación privada) implica la aportación directa de dinero por parte de la empresa bonificada para cubrir parte de los costes de la formación. Esto puede incluir el pago de facturas a proveedores de formación, la compra de materiales didácticos, o cualquier otro gasto relacionado con la formación que no sea bonificado por la Seguridad Social. Sería el caso de que la empresa paga 1.000 euros y sólo bonifica 800 euros.
  • Cofinanciación No Dineraria: La cofinanciación no dineraria incluye todas aquellas aportaciones que realiza la empresa de forma no monetaria. Esto incluye el tiempo que los empleados dedican a la formación durante su jornada laboral, es decir, parte del horario del curso coincide con el horario de trabajo de los alumnos. En este caso la empresa paga facturas por 1.000 euros y bonifica 1.000 euros. La Cofinanciación No Dineraria es como una financiación a través de los costes salariales de los trabajadores: En este enfoque, la empresa financia la formación de sus empleados mediante el pago de sus salarios durante el tiempo que dedican al curso.

Costes Salariales de los trabajadores

Los costes salariales de los trabajadores que reciben formación en jornada laboral (entendiendo las horas de dicha jornada en las que realmente participan en la formación), no serán objeto de bonificación, pero se computarán para determinar la cofinanciación privada a la cual están obligadas las empresas cuya plantilla sea superior a 5 trabajadores.

Esto implica que los empleados continúan recibiendo su salario completo mientras participan en actividades de formación durante su jornada laboral. No implica un desembolso adicional en efectivo: A diferencia de la cofinanciación dineraria, en este caso, la empresa no realiza un gasto adicional en efectivo para financiar la formación de sus empleados. En cambio, se utiliza el tiempo laboral de los trabajadores como forma de inversión (financiación).

La cofinanciación se calcula hallando la diferencia entre el total de los costes admitidos (incluyendo los costes salariales), y el importe de la bonificación aplicada. El coste salarial de los trabajadores que reciben formación en jornada laboral, como regla general, se hallará con base a la masa salarial de la empresa bonificada.

Los costes salariales en la Formación Bonificada se refieren a los sueldos y salarios que la empresa continúa pagando a sus trabajadores mientras estos participan en una acción formativa durante su jornada laboral. En otras palabras, cuando un empleado asiste a un curso de formación que tiene lugar dentro de su horario de trabajo habitual, la empresa sigue abonando su salario, y estos costes pueden ser considerados como parte de la cofinanciación no dineraria.

Consideraciones adicionales

Según la normativa vigente, la empresa debe garantizar que todas las acciones formativas estén relacionadas con las necesidades del negocio y del desarrollo profesional de los trabajadores. Además, es fundamental que toda la formación, independientemente de si se realiza dentro o fuera del horario laboral, esté debidamente comunicada a la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo (FUNDAE) a través del sistema telemático correspondiente, tanto al inicio como a la finalización de cada acción formativa.

La elección de impartir la formación dentro o fuera del horario laboral dependerá de las necesidades específicas de la empresa y de sus trabajadores. En cualquier caso, es vital que las empresas planifiquen adecuadamente su estrategia de formación, teniendo en cuenta tanto los requisitos normativos como las posibilidades de bonificación, garantizando así un aprovechamiento óptimo de los recursos disponibles.