PARTICIPACIÓN DE LOS CENTROS PRIVADOS EN LA FORMACIÓN DE OFERTA.
La Reforma Laboral sitúa a las empresas privadas de formación en el mismo nivel que a las organizaciones sindicales y empresariales. La norma indica “la participación de las organizaciones empresariales y sindicales más representativas y de los centros y entidades de formación debidamente acreditados en el diseño y planificación del subsistema de formación profesional para el empleo.»
Una interpretación de esta forma consiste en que los centros privados van a participar en el diseño y la planificación del subsistema, junto a la participación institucional de las Administraciones, Estatal y Autonómicas, organizaciones sindicales y empresariales más representativas. Algunos interpretan la posible participación en el Consejo General de Formación Profesional, el Consejo General del Sistema Nacional de Empleo y de su Comisión Estatal de Formación, Patronato de la Fundación Tripartita, etc.
La Reforma Laboral también permite la participación de los centros privados en la ejecución de planes de formación, ya que afirma la participación de los centros y entidades de formación debidamente acreditados e inscritos en el Registro Estatal de Centros y Entidades de Formación o en el registro de la correspondiente Comunidad Autónoma. Dicho de otro modo, los solicitantes de planes ya no serán sólo las organizaciones sindicales y empresariales, sino también directamente y en competencia con los anteriores, los centros y entidades de formación. Por ello es muy probable que los agentes sociales reciban menos subvenciones para la formación de ocupados y desempleados.