Requisitos para impartir Formación Bonificada

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Conceptos básicos

La Formación Bonificada, también conocida como Formación Programada por las empresas, es un mecanismo para el desarrollo y mejora de las competencias profesionales de los trabajadores de España. Este sistema permite a las empresas financiar total o parcialmente la formación de sus empleados mediante la aplicación de bonificaciones en las cotizaciones a la Seguridad Social (seguros sociales). Es una herramienta que, bien gestionada, puede maximizar el potencial del capital humano de las empresas privadas y contribuir a su competitividad en el mercado.

La Formación Bonificada o Formación Programada es aquella que las empresas privadas organizan para sus trabajadores con el fin de mejorar sus habilidades y competencias. Esta formación es financiada mediante las bonificaciones en las cuotas a las que la empresa tiene derecho, en función de la cantidad ingresada en concepto de formación profesional (FP) durante el año anterior. El modelo no permite la participación de los autónomos, ni de los funcionarios.

El crédito formación disponible cada año varía en función del tamaño de la empresa y la cantidad aportada en FP, siendo las empresas más grandes las que tienen un mayor crédito formativo disponible. Además, el uso de este crédito es anual, lo que significa que, si no se utiliza dentro del año, se pierde. Aunque existe la posibilidad de que las empresas de hasta 50 empleados puedan reservar para los 2 años siguientes el crédito no consumido.

El sistema está diseñado para ser accesible y flexible, garantizando que incluso las empresas más pequeñas tengan un crédito mínimo de formación de 420 euros. Este crédito puede incrementarse según el tamaño de la entidad, el número de trabajadores y la cantidad invertida en formación profesional en el año anterior. Para empresas mayores de 5 empleados se suelen utilizar el crédito de formación basado en lo pagado en Formación Profesional el año anterior.

Requisitos para que una empresa acceda a la Formación Bonificada

Para que una empresa pueda beneficiarse de la Formación Bonificada, es necesario cumplir con una serie de requisitos establecidos por la normativa vigente. Estos requisitos intentan asegurar que los fondos destinados a la formación profesional sean utilizados de manera efectiva y en beneficio tanto de los empleados como de las propias empresas.

A continuación, se detallan los principales requisitos que deben cumplir las empresas para acceder a la Formación Bonificada (Programada), con ejemplos prácticos para una mejor comprensión.

  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias (Hacienda) y con la Seguridad Social:

Ejemplo práctico: La empresa «Innovatex S.L.», dedicada al desarrollo de software, desea acceder a la Formación Bonificada para capacitar a su equipo en nuevas tecnologías de programación. Antes de iniciar el proceso, se verifica que no tiene deudas pendientes con la Agencia Tributaria ni con la Seguridad Social.

  • Cotizar por la contingencia de formación profesional (FP):  Todas las empresas que cotizan por esta contingencia tienen derecho a un crédito formativo, que es calculado en función de las aportaciones realizadas en el año anterior.

Ejemplo práctico: La empresa «Transportes López S.A.» ha cotizado durante el año 2023 por sus 50 empleados. Como resultado, tiene un crédito disponible de 5.000 euros para el año 2024, que podrá utilizar para formar a sus trabajadores en temas como la seguridad vial y el manejo de mercancías peligrosas.

  • Comunicar el inicio de la formación: Es obligatorio comunicar a Fundae el inicio de la acción formativa al menos dos días hábiles antes de que comience la formación. Esta comunicación se realiza dentro del aplicativo de Fundae y debe incluir detalles como el nombre del curso, el número de participantes, y el coste de la formación.

Ejemplo práctico: «Marketing Digital 360 S.L.» organiza un curso de formación en redes sociales para su departamento de marketing. Antes de que los empleados comiencen la formación, la empresa envía a la Entidad Organizadora toda la información necesaria para comunicar el curso.

  • Realizar la formación dentro del año natural: El crédito formativo disponible debe ser utilizado dentro del año natural correspondiente (del 1 de enero al 31 de diciembre). Si la empresa tiene más de 50 empleados, y no consume el crédito, lo pierde ya que no es acumulable para el año siguiente.

Ejemplo práctico: «Energía Renovable S.A.» con 80 empleados, que cuenta con un crédito formativo de 10.000 euros para el año 2024, planifica sus cursos de formación en eficiencia energética para asegurarse de que todo el crédito sea utilizado antes del 31 de diciembre de 2024.

  • Mantener la documentación justificativa: Es importante conservar toda la documentación relacionada con la formación (contratos, facturas, comunicaciones a Fundae, etc.) durante al menos 4 años, ya que puede ser requerida en auditorías o inspecciones.

Ejemplo práctico: La empresa «Restauración Gourmet S.L.» realiza un curso de higiene alimentaria para sus empleados. Después de la formación, guarda todas las facturas de formación y los registros de asistencia de los empleados en un archivo digital seguro, preparado para cualquier requerimiento futuro.

  • Entidad Organizadora Inscrita: La Entidad Organizadora debe estar inscrita en el Registro del Sepe (haber enviado la Declaración Responsable vía telemática).

Ejemplo práctico: «Consultoría Verde S.L.» selecciona a un proveedor (Entidad Organizadora) inscrito por Fundae y Sepe para impartir un curso sobre gestión de residuos, garantizando que la formación es válida para la bonificación.

  • Adecuación del contenido formativo a las necesidades de la empresa: La formación debe estar relacionada con la actividad de la empresa, los objetivos y sus necesidades específicas.

Ejemplo práctico: «Construcciones Martínez S.A.» opta por un curso de formación en técnicas avanzadas de construcción sostenible, diseñado específicamente para mejorar las capacidades de su equipo en proyectos de edificación ecológica.

Requisitos para que un trabajador acceda a la Formación Bonificada

En la Formación Bonificada, conocida también como Formación Programada por las empresas, existen reglas claras que determinan quiénes pueden beneficiarse de estos cursos y bajo qué condiciones. En general, para que una empresa pueda bonificarse por la formación de un trabajador, este debe ser asalariado en régimen general, tener contrato laboral, nómina y pagar Formación Profesional.

A continuación, se detallan las principales condiciones para que los trabajadores puedan participar en la Formación Bonificada (Programada), con ejemplos prácticos para una mejor comprensión.

Ser trabajador asalariado según el artículo 1.1 del Estatuto de los Trabajadores: Los trabajadores que mantengan una relación laboral con la empresa podrán acceder a la formación programada. Un ejemplo de esto sería un empleado a tiempo completo en una empresa privada, que cumple con todos los requisitos laborales y legales para acceder a la formación.

• La empresa debe cotizar por Formación Profesional: Todas las empresas que cotizan por la contingencia de formación profesional tienen derecho a un crédito formativo. Por ejemplo, una pyme que cotiza regularmente por sus empleados puede beneficiarse del crédito anual disponible para financiar la formación de su plantilla.

La formación es gratuita para el trabajador: No se permite que el trabajador asuma ningún coste por la formación. Un ejemplo práctico sería un empleado que asiste a un curso bonificado por la empresa, donde todos los gastos son cubiertos a través del crédito formativo sin que se le descuente nada de su salario.

Compatibilidad con la baja por enfermedad: Un trabajador en baja médica sí puede participar en la formación siempre que esta sea compatible con su estado de salud. Por ejemplo, un empleado en baja por una lesión leve que no afecta su capacidad de estudio podría realizar formación online con autorización médica.

• Acceso durante permisos de maternidad o paternidad: Los trabajadores en estos permisos pueden realizar la formación bonificada, siempre y cuando cuenten con autorización médica si es necesario. Un ejemplo sería una empleada en permiso de maternidad que decide asistir a un curso online desde casa, tras recibir la autorización de su médico.

• Participación durante el período vacacional: Los trabajadores que estén de vacaciones pueden acceder a la formación bonificada, ya que siguen dados de alta en la Seguridad Social. Un ejemplo de esto sería un trabajador que aprovecha sus vacaciones para realizar un curso online mientras la empresa se bonifica por ello.

• Exclusión del colectivo de empleados del hogar: Los empleados del hogar no pueden participar en la formación bonificada, ya que no cotizan por desempleo ni por formación profesional. Un ejemplo claro sería una trabajadora del hogar que no puede acceder a los cursos bonificados de Fundae.

Conclusiones Generales

La Formación Bonificada ofrece una excelente oportunidad tanto para empresas como para trabajadores de mejorar las competencias laborales a través de cursos de Formación Programada. Sin embargo, para acceder a este beneficio, es imprescindible cumplir con una serie de requisitos bien establecidos. En primer lugar, las empresas deben cotizar por la contingencia de formación profesional, lo cual les da acceso a un crédito formativo. Asimismo, deben garantizar que sus trabajadores, quienes deben ser asalariados, puedan acceder a esta formación sin ningún coste para ellos.

Por otro lado, es importante destacar que la formación es compatible con diversas situaciones laborales, como bajas médicas, permisos de maternidad o paternidad, y períodos vacacionales, siempre que se cumplan las condiciones pertinentes, como contar con autorizaciones médicas en algunos casos. También pueden participar en Formación Bonificada los trabajadores en ERE, ERTE, Fijos Discontinuos, con contratos temporales o por pocas horas al día, siempre que dispongan de nóminas, están contratados y activos el primer día lectivo del curso.