Subvenciones y ayudas para upskilling y reskilling para la población  activa

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El Boletín Oficial del Estado ha publicado las Bases reguladoras y la primera convocatoria para el año 2022 de la línea de ayudas para la formación de cualificación y recualificación de la población activa (upskilling y reskilling),vinculada a cualificaciones profesionales en sectores estratégicos. Son beneficiarios las empresas individuales, agrupaciones de empresas, consorcios, entidades sectoriales, y entidades sin ánimo de lucro.

 

La referida Orden indica las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas a la formación no formal de cualificación y recualificación de la población activa, vinculada a cualificaciones profesionales incluidas en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, en sectores estratégicos, para empresas, asociaciones empresariales y entidades sin ánimo de lucro y procede a su convocatoria en el año 2022.

 

En los proyectos de empresas, se utiliza para la formación de sus trabajadores enfocada en la actualización de sus competencias profesionales o en la adquisición de otras nuevas en el marco sectorial y empresarial de que se trate. Se podrán incluir acciones de acompañamiento para la acreditación de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral. Es decir, pueden participar las empresas, a título individual y que presenten proyectos de formación y, en su caso, de acompañamiento para la acreditación de las competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral. Para agrupaciones de empresas, se necesita un mínimo de 20 trabajadores de las distintas empresas.

 

El procedimiento de concesión será el de concurrencia competitiva, entre las solicitudes presentadas por los beneficiarios. La formación que se programe se adaptará, a las necesidades de cualificación y recualificación de los trabajadores de las empresas a las que se encuentren vinculados.

La formación podrá, asimismo, corresponder a ámbitos transversales y que se consideran prioritarios en el marco del Plan de Modernización de la Formación Profesional, entre ellos los relativos a la digitalización aplicada o a la sostenibilidad medioambiental contribuyendo estas actuaciones a las competencias y empleos verdes en el 100%. Los cursos tendrán una duración mínima de 30 horas y una máxima de 60 horas, y se podrán llevar a cabo en las modalidades presencial, semipresencial, a distancia o mediante combinación de cualquiera de ellas.

Las acciones de acompañamiento para la acreditación de las competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral podrán corresponder, entre otras, a las siguientes: información y difusión de las características del procedimiento, asistencia para la inscripción en el procedimiento, asistencia para la preparación de las fases de orientación y, en su caso, de evaluación.

 

Otra novedad consiste en que el beneficiario podrá subcontratar hasta el 100% del proyecto. Se consideran gastos subvencionables:

– Los gastos dirigidos a la formación de trabajadores a través de módulos de formación referenciados en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.

– Los gastos asociados al acompañamiento para la evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral, y vías no formales de formación de los trabajadores.

– Sólo se entenderá que es objeto de subvención el gasto ocasionado por las personas que finalizan la totalidad de la acción formativa. Para aquellas que no la finalicen, se considerará como gasto subvencionable el 15% del módulo aplicable.

 

Cada módulo de formación tendrá una subvención fija por persona formada: 245 euros para la formación de 30 horas; o 549 euros para los módulos que alcancen las 60 horas. El pago de la subvención tendrá carácter anticipado por importe del 100% por ciento de la ayuda concedida. Las  solicitudes se presentan a través de la sede electrónica asociada del Ministerio de Educación y Formación Profesional (https:// sede.educacion.gob.es/portada.html). El plazo de subvención es hasta finales de 2023.

En cuanto a los criterios de evaluación de las solicitudes, la evaluación se realizará exclusivamente sobre la información aportada por el solicitante en la fase de admisión de solicitudes, por tratarse de procedimientos de concesión en régimen de concurrencia competitiva. Serán de aplicación los criterios y puntuaciones que se recogen en el Anexo IV. Y se financiarán los programas de formación de acuerdo con el orden de puntuación resultante de la evaluación técnica obtenida hasta agotar el crédito disponible. El presupuesto asignado a la presente convocatoria asciende a 24´5 millones de euros con cargo a las aplicaciones presupuestarias de los Presupuestos Generales del Estado.

Se dará prioridad a los sectores emergentes recogidos en el Plan de Modernización de la Formación Profesional y que son:

 

o Nueva tecnología avanzada de la información.

o Vehículos basados en energía y equipos nuevos.

o Maquinaria agrícola.

o Nuevos materiales.

o Biofarmacia y productos médicos avanzados.

o Cadena de consumo: Fabricantes y distribuidores.

o Hostelería y turismo.

o Servicios de atención a personas.

o Otros sectores de interés debidamente caracterizados.

 

Aenoa organiza un curso sobre esta normativa:

>>>> https://aenoa.com/evento/curso-ayudas-formacion-reskilling-upskilling/