Certificados de Profesionalidad: organización de la Formación en la modalidad de teleformación.
La Administración laboral competente (SEPE) comprobará que los alumnos que quieran acceder a la formación de los certificados en la modalidad elearning dispongan de las características y requisitos formativos y profesionales mínimos para cursar con éxito dicha modalidad. Esto es, si el certificado de profesionalidad obliga a un nivel 1, a los alumnos participantes no se le exigirán requisitos académicos ni profesionales.
Para acceder a la formación de los módulos formativos de los certificados de profesionalidad de los niveles de cualificación profesional 2 y 3, los alumnos deberán cumplir algunos de los requisitos siguientes: estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria para el nivel 2 o título de Bachiller para nivel 3; estar en posesión de un certificado de profesionalidad del mismo nivel del módulo o módulos formativos o estar en posesión de un certificado de profesionalidad de nivel anterior de la misma familia y área profesional para el nivel superior.
Otras opciones consisten en cumplir el requisito académico de acceso a los ciclos formativos de grado medio para el nivel 2 o de grado superior para el nivel 3, o bien haber superado las correspondientes pruebas de acceso reguladas por las administraciones educativas; tener superada la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años y/o de 45 años; o tener las competencias clave necesarias para cursar con aprovechamiento la formación correspondiente al certificado de profesionalidad.
Para el acceso a los certificados de profesionalidad se realizarán pruebas de competencia matemática y de comunicación en lengua en el nivel que corresponda. Además para aquellos que incluyan un módulo de lengua extranjera se requerirá pruebas de competencia en comunicación en lengua extranjera en el correspondiente nivel. Las pruebas se podrán realizar bien directamente por los Servicios Públicos de Empleo o a través de los centros formativos, para lo cual estos centros deberán estar previamente autorizados, en base a pruebas previamente establecidas o las que se puedan proponer.