Para obtener una valoración técnica alta en el plan de formación estatal dirigido preferentemente a ocupados, se debe tener en cuenta lo siguiente:
1) Colectivos prioritarios del plan de formación. Máximo 20 puntos
En el plan de formación puntúa la participación de colectivos prioritarios del siguiente modo:
a) Trabajadores de pymes. 10 puntos
Se considera la plantilla media correspondiente al año 2015 de las empresas a las que pertenecen los trabajadores ocupados.
b) Trabajadores de baja cualificación, mujeres, mayores de 45 años, desempleados de larga duración, personas con discapacidad, trabajadores con contrato temporal y trabajadores con contrato a tiempo parcial. 10 puntos
2) Calidad y aspectos técnicos de las acciones formativas que integran el plan de formación. Puntuación máxima: 40 puntos.
Se tendrán en cuenta los siguientes criterios:
a) Diversificación de la oferta en acciones formativas. 10 puntos
Se valorará la programación de una mayor diversidad de acciones formativas de prioridad alta y media, al objeto de evitar la concentración de la formación y primar la variedad en la oferta formativa.
De esta forma obtendrán mayor valoración aquellos planes que oferten un mayor número de acciones formativas distintas y que, por tanto, cubran diversas necesidades de cualificación. Por otra parte se potencia que los planes objeto de financiación cubran el mayor número posible de necesidades.
b) Demanda de acciones formativas solicitadas en menor medida. 5 puntos
Se valorarán, una vez presentadas las solicitudes, aquellas que hayan programado acciones que, siendo de prioridad alta, sean solicitadas en menor número en el marco sectorial correspondiente, evitando así la concentración en la ejecución de las mismas acciones.
c) Adecuación de la oferta formativa a las acciones prioritarias fijadas en la convocatoria, teniendo en cuenta las identificadas por las Comisiones Paritarias Sectoriales y otros ámbitos sectoriales de la negociación colectiva sectorial estatal. Este criterio tendrá un peso máximo de 25 puntos.
1º Inclusión en el plan de acciones formativas correspondientes a las áreas prioritarias indicadas. 10 puntos.
Se considera:
- Prioridad alta: Digitalización; Actividades/profesiones reguladas; Innovación; Desarrollo tecnológico de los procesos productivos; Actividades relacionadas con la industria.
- Prioridad media: Eficiencia Energética.
- Prioridad baja: Emprendimiento; Internacionalización; Logística.
2º Adecuación a las prioridades sectoriales/intersectoriales definidas por las comisiones paritarias u órganos de la negociación correspondiente. 15 puntos
3) Capacidad de la entidad solicitante para desarrollar la formación. Los criterios contenidos en este apartado tendrán un peso máximo de 40 puntos.
Se tendrán en cuenta los siguientes aspectos:
a) Eficiencia económica del plan en función del coste-hora participante previsto. 5 puntos
Se valorará la capacidad del solicitante para formar a un mayor número de personas con el menor coste posible; es decir, se tendrá en cuenta el grado de ajuste de la subvención solicitada respecto de los costes máximos financiables, calculados a partir de los módulos máximos establecidos en la convocatoria vigente según la modalidad de impartición. Para ello se calculará la diferencia entre el total del importe máximo financiable y el total de la subvención solicitada para el plan; dicha diferencia se pondrá en relación con el importe total máximo financiable obteniéndose un porcentaje.
b) Acreditación de la implantación de sistemas de calidad en la gestión/actividad que desarrolla la entidad solicitante. 5 puntos.
Se valorará la implantación de sistemas de calidad en materia de formación con certificación emitida por entidades acreditadas. Dicha certificación deberá aportarse junto a la documentación que conforma la solicitud de subvención.
c) Diversificación de la acreditación de certificados de profesionalidad relacionados con el ámbito al que se dirige el plan de formación. 2,5 puntos
Se valorará la mayor diversidad de especialidades formativas acreditadas pertenecientes a las áreas profesionales del ámbito de referencia de las que dispongan las entidades de formación.
d) Alcance territorial de las acciones formativas. 15 puntos
Este apartado tiene en cuenta el alcance territorial del plan formativo propuesto, valorando la capacidad del solicitante para formar a trabajadores del mayor ámbito territorial, de los definidos por la comisión paritaria u otros ámbitos de la negociación colectiva estatal correspondiente, para premiar el esfuerzo por cubrir necesidades formativas en zonas, que de otra forma, tendrían una deficiente cobertura; fomentando la mejora de la competitividad y cualificación de los trabajadores en dichas zonas. Para ello se tendrán en cuenta la ubicación de las entidades de formación donde se vayan a impartir las acciones formativas del plan de formación.
e) Experiencia acreditada de las entidades en impartición en los tres últimos años en el marco de las convocatorias estatales. 12,5 puntos
1º. Impartición de actividades formativas. 2,5 puntos
Se tendrán en consideración las acciones formativas realizadas por la entidad solicitante. La puntuación para las entidades que concurran por primera vez será la puntuación mínima.
2º. Grado de ejecución económica de las subvenciones concedidas. 5 puntos. La puntuación para las entidades que concurran por primera vez será la puntuación mínima.
3º. Tasa de finalización de los participantes en acciones formativas subvencionadas en convocatorias estatales, que hayan sido impartidas por la entidad en los 3 últimos años. 5 puntos
Se valorará el porcentaje de participantes que finalizaron la formación con relación a los que la iniciaron (comunicación inicio) en convocatorias estatales financiadas en los tres últimos años. La puntuación para las entidades que concurran por primera vez será la puntuación mínima del intervalo indicado en cada ítem
No se financiarán planes de formación que obtengan menos de 60 puntos en la valoración técnica del expediente.