El Servicio Público de Empleo Estatal publica una resolución de los proyectos de acciones formativas destinadas a jóvenes inscritos en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

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Los beneficiarios del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, mediante las medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, en lo referido a las acciones formativas, que establece que para ser beneficiario será necesario, además de la inscripción e inclusión en la lista única de demanda, el cumplimiento de los requisitos específicos exigidos en las convocatorias o en las acciones que se desarrollen así como el mantenimiento de los siguientes requisitos con carácter previo a recibir cualquier tipo de
atención:

a) No haber trabajado en los 30 días naturales anteriores al momento de recibir la actuación.
b) No haber recibido acciones educativas que conlleven más de 40 horas mensuales en los 90 días naturales anteriores al momento de recibir la actuación.
c) No haber recibido acciones formativas que conlleven más de 40 horas mensuales en los 30 días naturales anteriores al momento de recibir la actuación.

Las entidades beneficiarias solicitarán a los Servicios Públicos de Empleo los candidatos necesarios que, estando inscritos en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, cumplan con los requisitos específicos de la actividad formativa.

Si transcurrido el plazo de quince días desde la solicitud, dichos Servicios Públicos no propusieran personas para participar en el plan, o estas fueran insuficientes, la entidad beneficiaria podrá seleccionar otras personas inscritas en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, solicitando a la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo el acceso a dicho fichero a través de certificado electrónico, debiendo además poner esta circunstancia en conocimiento de la Fundación.

La selección de las personas participantes será realizada atendiendo a las prioridades del proyecto, a los itinerarios formativos y a criterios de igualdad y de objetividad. Si a través de los sistemas anteriores no hubiera personas dentro del ámbito de actuación de la entidad para participar en la actividad o acción, o estas fueran insuficientes, la entidad beneficiaria podrá seleccionar otras personas, debiendo poner esta circunstancia en conocimiento de la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo a través de la aplicación telemática, y debiendo los beneficiarios cumplir, con anterioridad a la fecha de inicio del curso o acción, los mismos requisitos señalados

Una vez iniciadas las acciones formativas, las entidades deberán suministrar información sobre la relación de participantes, fecha de inicio de la actividad y posibles incidencias tales como bajas, exclusiones o rechazos, así como cualquier otra que, de conformidad con el modelo de datos habilitado, sea requerida tanto en relación a las acciones practicadas como sobre los beneficiarios de las mismas, con una antelación mínima de tres días naturales a la fecha de comienzo del curso, para los grupos formativos que tengan una duración igual o inferior a diez días naturales. Para los grupos formativos que tengan una duración igual o superior a once días naturales la comunicación se podrá realizar hasta el mismo día del comienzo del curso.

Está previsto que esta convocatoria se repita en julio-agosto de 2015.
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