La firma digital y los medios electrónicos en la Formación Bonificada.

Tabla de Contenidos

Para la gestión de la formación bonificada de 2021, se permite el uso de medios tecnológicos en la impartición de la formación, ya que en los últimos tiempos se ha demostrado que la utilización de estos sistemas facilita el acceso a los empleados o trabajadores a dicha formación así como una reducción en los costes de formación.

Por ello, se han ampliado para 2021 algunas mejoras en la formación programada impuesta en 2020, como la utilización de la denominada «aula virtual» más allá de su consideración como medio complementario de la modalidad de impartición presencial, o el uso de Aula Bimodal o el plazo de 2 días para la comunicación de inicio.

Se permite la firma electrónica de los responsables de formación, formadores y alumnos participantes mediante captura de firma digitalizada en cualquiera de los documentos que necesiten firma, que tendrá que estar asociada al correspondiente documento identificativo de las personas participantes. El sistema de captura de firma digitalizada deberá garantizar en todo caso la autenticidad de los datos correspondientes a la misma.

Se permitirá el uso de medios electrónicos para comprobar la asistencia de los participantes siempre que quede debidamente constatada la identidad de los firmantes y reúna los requisitos de seguridad. Todos los interesados deberán relacionarse electrónicamente con el Servicio Público de Empleo Estatal y Fundae. Los interesados quedarán obligados a recibir por medios electrónicos las notificaciones y comunicaciones que les envíen el Sepe o Fundae.

Por lo tanto, el sistema permite el uso de medios electrónicos para garantizar la asistencia de las personas participantes en los  cursos siempre que quede debidamente constatada su identidad. Las comunicaciones de inicio y la información relativa a cada AAFF y Gr podrán realizarse hasta dos días antes de la fecha de inicio de cada grupo. La cancelación o la modificación de los datos de un curos que suponga un cambio de horario, fecha de ejecución, o de localidad deberá ser comunicada, con un día de antelación al de la fecha de comienzo.

La falta de comunicación en los plazos mencionados en los apartados anteriores implicará que el correspondiente grupo de formación se considere «no realizado» a efectos de aplicar la bonificación en las cotizaciones sociales, salvo que la falta de comunicación en plazo se deba a causas imprevisibles, debidamente justificadas y comunicadas en el momento en que se produzcan.

Los trabajadores podrán solicitar a sus empresas, durante el ejercicio 2021, permisos individuales de formación para posibilitarles la asistencia a las acciones formativas impartidas mediante aula virtual o sistema bimodal. La asistencia podrá acreditarse mediante certificado de la entidad impartidora o mediante declaración responsable del beneficiario, que deberá comunicarse mediante el sistema telemático de Fundae.