La nueva Resolución de abril que afecta a la Formación Programada y también a los planes de Oferta, señala algunos cambios y novedades como la posibilidad de cambiar de Presencial al uso del Aula Virtual, el cambio de modalidad de impartición de Presencial a Teleformación (con muchas limitaciones), la reducción de los plazos en las comunicaciones de inicio, o la ampliación de plazo de ejecución contenida en las disposiciones adicionales a la resolución, como por ejemplo en los PIF. Pero la EXIGENCIA DEL MANTENIMIENTO DEL EMPLEO SÓLO SE APLICARÁ CUANDO SE PASE DE PRESENCIAL A AULA VIRTUAL O DE PRESENCIAL A TELEFORMACIÓN. Por ejemplo, la disminución en los plazos de comunicación de grupos no está afectados por la exigencia de mantenimiento de la plantilla media.
Para calcular la plantilla media de los últimos seis meses se utiliza el “Informe: Plantilla Media de trabajadores en situación de alta de la TGSS” para el periodo de septiembre de 2019 a febrero de 2020, teniendo en cuenta los colectivos que no computan a efectos del mantenimiento del empleo (jubilaciones, ERTE, despidos por fin de obras o servicios, etc.). En este sentido, no se va a permitir ninguna desviación a la hora del cálculo de la plantilla media. Cuando no se cumplan las condiciones establecidas por la normativa, no se admitirá el cambio realizado de Presencial a Aula Virtual, y se anularán los grupos afectados por las medidas de utilización de Aula, minorando, en su caso, la bonificación aplicada.
Aunque un curso (grupo formativo) de modalidad Presencial se imparta mediante el uso de Aula Virtual el número máximo de alumnos en el Aula será 30 personas. Es decir, los límites de participantes no han sido modificados por la Resolución, por tanto la normativa anterior señalaba que no puede haber más de 30 participantes al considerarse la formación como presencial. No se admiten más participantes en el aula ni aunque tengan la consideración de oyentes.
En tanto se actualiza el aplicativo de Fundae para mecanizar formación programada por las empresas, los cambios de Presencial a Aula Virtual se indicarán a través de la aplicación actual en el campo que figura como texto libre, dentro del apartado de Observaciones. Por otro lado, cuando se vaya a utilizar dicho aula virtual la entidad beneficiaria o entidad organizadora señalará el medio o herramienta utilizada como aula virtual, el modo de conexión al aula virtual, persona de contacto y teléfono.
En la formación programada por las empresas el cambio de modalidad de presencial a teleformación se puede hacer siempre (dando de alta una nueva acción formativa en modalidad teleformación), salvo que la acción formativa esté vinculada a una especialidad del Catálogo, en cuyo caso solo se podrá hacer siempre que dicha modalidad de teleformación figure en el Catálogo y siempre que la entidad que imparte la formación estuviese acreditada o inscrita para impartir la formación en esta modalidad.
En Teleformación debe garantizarse que haya como mínimo un tutor por cada 80 alumnos participantes, lo que no concurre si un mismo docente realiza su labor en más de una acción formativa para más de 80 alumnos en un mismo período de tiempo. En este sentido, Sepe consideran diferentes períodos de tiempo un turno de mañana y un turno de tarde. Hasta la fecha Fundae indicaba las 15:00 horas para separar turnos de mañana y tarde, pero no existe una normativa que regule dicho horario, por ello puede ser entre las 14:00 y las 16:00 h.
Cuando un curso Presencial se desarrolle mediante aula virtual, el sistema debe usar un registro de conexiones generado por la aplicación de la videoconferencia donde se identifique, para cada curso las personas participantes en el aula, así como sus fechas y tiempos de conexión, así como contar con un mecanismo que posibilite la conexión durante el tiempo de celebración del aula por parte del SEPE para las actuaciones de seguimiento y control. Es decir, si un participante se identifica con su usuario y clave deberá quedar constatada su identidad mediante su NIF, según lo indicado en el aplicativo de Fundae.