En el dinámico panorama laboral actual, la formación continua se ha convertido en un pilar estratégico para el desarrollo de habilidades y la mejora del rendimiento empresarial. La formación bonificada, regulada por la Ley 30/2015 y el Real Decreto 694/2017, ofrece a las empresas la oportunidad de invertir en el crecimiento de su capital humano, beneficiándose de bonificaciones en las cotizaciones de la Seguridad Social. En este contexto, es crucial entender a fondo los procesos, requisitos y aspectos clave para optimizar y aplicar eficientemente estas bonificaciones.
- Comunicación de Finalización y Corrección de Errores
La comunicación de finalización de una acción formativa marca el inicio del proceso para aplicar las bonificaciones. No obstante, es natural que, posteriormente, puedan detectarse errores en los datos comunicados. Para abordar esta situación, la normativa establece que los datos de finalización pueden modificarse hasta el día 20 del mes siguiente a la comunicación. Es importante recordar que, al desfinalizar un grupo para realizar cambios, se deberá volver a notificar la finalización una vez realizadas las correcciones.
- Aplicación de las Bonificaciones: Momento de Aplicación de las Bonificaciones
Las bonificaciones en las cotizaciones de la Seguridad Social pueden aplicarse a partir de la comunicación de finalización de la formación. Es fundamental destacar que este proceso debe completarse antes de la fecha límite para la presentación del boletín de cotización correspondiente al mes de diciembre del ejercicio económico.
Requisitos para Aplicar las Bonificaciones
Para que una empresa pueda beneficiarse de las bonificaciones en concepto de formación, debe cumplir con ciertos requisitos: hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, haber informado a la Representación Legal de los Trabajadores, y haber comunicado el inicio y fin de la formación.
Procedimiento de Aplicación de Bonificaciones. El sistema de Liquidación Directa es la vía a través de la cual se aplican las bonificaciones por formación (código 763 – clave del fichero FAN CA80: bonificación formación continua). En el caso de que la liquidación de cuotas resulte a favor de la empresa, la simple presentación de los documentos de cotización se considerará una Solicitud de Saldo Acreedor, y la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) tramitará la devolución del importe correspondiente.
- Gestión de No Bonificación y Bonificación Máxima
Si una empresa decide no bonificar las cantidades correspondientes a su crédito en el ejercicio anual, no podrá hacerlo posteriormente por la formación impartida en dicho periodo. La bonificación máxima que una empresa puede aplicarse está limitada por el importe menor entre el crédito disponible y el total de los costes del grupo, incluyendo costes directos, indirectos y, en su caso, costes de organización. El cálculo del importe máximo financiable se realiza considerando el módulo económico máximo, las horas de impartición y el número de participantes.
- Devolución de Bonificaciones y Penalizaciones
En situaciones donde se haya aplicado una bonificación de forma indebida, la empresa debe realizar una devolución a favor del Servicio Público de Empleo Estatal. Esta devolución se realiza a través del Banco de España, con la correspondiente notificación y documentación respaldatoria. Es esencial tener en cuenta que, en caso de reclamación administrativa mediante acta de liquidación de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, la devolución incluirá intereses de demora calculados desde el disfrute indebido de la bonificación.
- Pagos de Facturas y Bonificaciones: Un Proceso Sincronizado
Es necesario destacar que los pagos de las facturas que respaldan el coste de la formación deben realizarse antes del último día hábil para la presentación del boletín de cotización del mes de diciembre del ejercicio económico correspondiente, es decir, antes del 30 de enero del año siguiente. De esta manera, la empresa puede bonificarse antes de efectuar los pagos relacionados con la formación.
Eficiencia en la Aplicación de Bonificaciones
La aplicación eficiente de bonificaciones en formación continua exige un conocimiento profundo de la normativa vigente y un seguimiento meticuloso de los procedimientos establecidos. Las empresas, academias, centros de estudios, empresas de e-learning y tutores de cursos deben operar con diligencia, cumpliendo los requisitos legales y aprovechando al máximo las oportunidades que ofrece la formación bonificada. La transparencia, la colaboración con la RLT y la gestión adecuada de los procesos son clave para maximizar el retorno de inversión en formación y contribuir al desarrollo sostenible de las organizaciones y sus colaboradores.