A través de los Permisos Individuales de Formación (PIF) un empleado puede solicitar a su empresa un permiso retribuido para cursar formaciones de carácter oficial o acreditadas, incluidas las de Formación Profesional, Certificados de Profesionalidad y Títulos Universitarios Propios, entre otras modalidades reguladas.
El PIF es el permiso que la empresa autoriza a un trabajador para la realización de una acción formativa presencial, oficial o acreditada, con el fin de favorecer su desarrollo profesional y personal, siempre que dicha formación no constituya la formación obligatoria que corresponde a la empresa.
Según el Art. 29.1 del RD 694/2017, se consideran aptas para PIF las formaciones que conlleven alguna titulación o acreditación oficial, por ejemplo:
- Formación reglada (titulaciones oficiales y publicadas en BOE).
- Formación Profesional y Certificados de Profesionalidad.
- Títulos Universitarios Propios.
- Experiencia laboral para procesos de evaluación y acreditación de competencias (RD 1224/2009).
- Cualquier otra formación, presencial u obligatoriamente con parte presencial (tutorías, prácticas), que conlleve certificación oficial.
Requisitos de los PIF.
Los Permisos Individuales de Formación se pueden bonificar hasta 200 horas de permiso por curso académico o año natural. En el caso de turnos nocturnos, pueden bonificarse las horas de descanso coincidentes con su jornada de trabajo. Puede imputarse el tiempo de desplazamiento desde el lugar de trabajo al centro de formación si coincide con horas laborales.
Las horas computables son sólo aquellas horas de la jornada laboral en las que el trabajador deja de ejercer sus funciones para asistir a la formación. No se incluyen las horas dedicadas a exámenes u otro tipo de permisos.
Respecto a los Costes salariales bonificables, se bonifican el salario base, la antigüedad, los complementos fijos, las pagas extraordinarias y las cotizaciones a la Seguridad Social devengadas durante el periodo en el que el trabajador asiste a la formación.
Por otro lado, antes de iniciar el disfrute del PIF, la empresa debe informar a la RLT y recoger su informe o pronunciamiento (favorable o no).
Siempre debe existir una solicitud del trabajador. El empleado deberá presentar la solicitud de autorización a la empresa, especificando la formación a la que desea asistir y el número de horas requeridas. La empresa valora la solicitud, analiza la disponibilidad horaria y valora las implicaciones organizativas.
En caso de autorización, se definirá un calendario y las horas concretas de ausencia del trabajador. Si se deniega, han de justificarse las razones objetivas de organización o producción.
Gestión a través de Fundae.
La gestión de los PIF se realiza en el sistema telemático de Fundae, accediendo al apartado específico de Permisos Individuales de Formación (PID).
1. Alta de un nuevo PIF. Búsqueda de permisos: El aplicativo permite localizar PIF ya creados para su seguimiento o modificación.
Creación de permisos: Al seleccionar “Añadir nuevo”, se cumplimentan los datos según el tipo de formación (Formación reglada, Certificado de profesionalidad, Título universitario propio, etc.). Denominación PIF: Se indica la titulación o la formación a realizar, sin abreviaturas.
2. Datos de la formación. Descripción de la formación: Modalidad (presencial, prácticas, tutorías) y duración en horas laborales.
Fechas de inicio y fin: Se detallan las fechas y la carga horaria que se imputa como permiso. Centro de formación: Datos del centro donde se impartirá la formación.
3. Datos del trabajador. Información laboral: Categoría profesional, grupo de cotización, horas anuales según convenio, salario bruto anual y horario laboral. Cálculo automático de costes: El aplicativo calcula los costes salariales (salario y cotizaciones) imputables al PIF.
4. Costes y bonificaciones. Crédito a bonificar: Se determina el importe bonificable en función de las horas de permiso.
Aplicación de bonificaciones: Puede ser mensual, conforme se pagan los salarios. O al finalizar el permiso.
5. Incidencias y modificaciones. Si se requiere modificar algún dato tras la notificación (por ejemplo, fechas o costes), se informa mediante la pestaña Incidencias, aportando la documentación oportuna.
6. Finalización del PIF. Es imprescindible comunicar la finalización en el ejercicio en curso, aunque la formación abarque más de un año. Si el permiso no queda “finalizado” antes de cerrar el ejercicio, la bonificación podría ser considerada no válida.
Financiación y aplicación de las Bonificaciones.
Los costes bonificables incluyen el salario base, antigüedad, complementos fijos, pagas extraordinarias y cotizaciones devengadas durante las horas de permiso.
Crédito anual y adicional: Si el coste del PIF supera el 5% del crédito anual, se puede acceder al crédito adicional en forma de horas (200, 400, 600 o más, según la plantilla).
Comunicación de la bonificación: Se debe indicar el mes y el importe de la bonificación que se aplicará, tanto si se hace mensualmente como al término del permiso.
Ejemplo: Empresa de 9 trabajadores con crédito anual de 1.000 €.
Ha consumido 500 € en otras acciones formativas, quedando 500 € de crédito. Se notifica un permiso individual de 200 horas de formación con un coste de 1.500 €, superando el 5% de su crédito anual. El sistema transforma la financiación en horas (hasta 200 horas), que se bonifican por los costes salariales correspondientes.
La empresa sigue disponiendo de 500 € de crédito para otras acciones formativas o, si lo desea, convertirlo en más horas de PIF (si no hubiese sobrepasado el límite de horas establecido para su plantilla).
Destacamos la importancia de la trazabilidad y la justificación: Para que los costes sean bonificables, la información debe comunicarse con precisión y cerrarse adecuadamente cada ejercicio. Por ello, AENOA organiza un curso de Gestión e impartición de PIF. MÁS INFO EN Cómo Bonificar los cursos PRL y la Formación obligatoria
En definitiva, los Permisos Individuales de Formación representan una oportunidad de mejora tanto para el trabajador como para la empresa, fortaleciendo el capital humano y la capacidad de adaptación a las exigencias del mercado. Su correcta gestión, de acuerdo con la normativa y las directrices de Fundae, garantiza el acceso a las bonificaciones y salvaguarda los derechos y obligaciones de todas las partes involucradas.