Nuevos cursos obligatorios para el sector transporte debido a las inspecciones del RD 563.

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Se ha publicado el Real Decreto 563/2017, por el que se regulan las inspecciones técnicas en carretera de vehículos comerciales que circulan en territorio español, y que obliga a que en mayo de 2018 todos los vehículos de transporte por carretera cumplan muchos requisitos en carga, descarga, estiba y desestiba.

Esta nueva normativa obliga a todas las empresas y autónomos a formarse y prepararse para este gran cambio. La DGT indica que realizará más de 15.000 inspecciones técnicas al año, además ha formado a la Guardia Civil y la ha dotado de instrumentos para poder parar a vehículos y comprobar si cumplen dicha normativa. En caso de accidente, si se detectase que la carga del vehículo no cumple la Directiva, podría tener graves consecuencias para el conductor y la empresa de transporte.

En mayo de 2014 entró en vigor la Directiva 2014/47/UE relativa a las inspecciones técnicas en carretera de vehículos comerciales que circulan en la Unión Europea, con efectos a partir del 20 de mayo de 2018. Esta nueva Directiva actualiza el régimen de inspecciones técnicas en carretera sobre la evaluación de riesgo de las deficiencias detectadas durante las inspecciones técnicas en carretera de los vehículos industriales.

Este real decreto se incorpora al derecho español la Directiva 2014/47/UE, relativa a las inspecciones técnicas en carretera de vehículos comerciales que circulan en la Unión Europea. El presente real decreto entrará en vigor el día 20 de mayo de 2018.

El objetivo es mejorar las condiciones de seguridad en las vías de tránsito tomando como base el establecimiento de unos requisitos mínimos comunes apoyados en la armonización de las normativas existentes en la actualidad, cuyo fundamento se encuentra en la política de transportes y de seguridad vial de la Unión Europea.

Una novedades es la de fijar un número mínimo de inspecciones técnicas iniciales tanto de vehículos matriculados en España como en otros países, que vendrá determinado por un % representativo de los vehículos matriculados en España, en concreto un mínimo del 5%.

El real decreto es regular las condiciones en que se deben realizar las inspecciones técnicas en carretera de los vehículos comerciales que circulen en el territorio nacional, con independencia del país, con el fin de mejorar la seguridad vial y el medio ambiente

Se entiende por Carga como las mercancías que se transportan en o sobre la parte del vehículo diseñada para soportar una carga y que no estén fijadas a él de forma permanente, incluidos los objetos transportados por el vehículo en portacargas tales como cajones, cajas móviles o contenedores.

En cuanto a las inspecciones técnicas más minuciosas en carretera se llevarán a cabo utilizando una unidad móvil o se realizarán de un modo rápido en una de las estaciones ITV fijas más próximas, en función de la disponibilidad de medios y alcance de la inspección.

Estas inspecciones serán efectuadas bajo la dirección de la autoridad competente en materia de tráfico por personal que cumpla los mismos requisitos que los previstos en la normativa para la Inspección Técnica de Vehículos a realizar en estaciones fijas ITV.

Las unidades móviles de inspección estarán provistas del equipo adecuado para efectuar una inspección técnica más minuciosa en carretera, incluido el equipo necesario para evaluar el estado de los frenos y la eficiencia de frenado, la dirección, la suspensión y las emisiones contaminantes del vehículo, según sea necesario.

Durante una inspección en carretera se podrá someter un vehículo a inspección de la sujeción de su carga, a fin de comprobar que está sujeta de forma que no interfiera con la conducción segura, ni suponga un riesgo para la vida, la salud, la propiedad o el medio ambiente. Se pueden realizar inspecciones para comprobar que en todas las situaciones de funcionamiento del vehículo, incluidas las situaciones de emergencia y las maniobras de arranque

La sujeción de la carga soportará las siguientes fuerzas generadas por la aceleración y la deceleración del vehículo, en sentido de marcha con el peso de la carga multiplicado por 0,8, y en sentido lateral por el peso de la carga multiplicado por 0,5, y para el caso del sentido contrario al de marcha con un peso de la carga multiplicado por 0,5, y para la mayoría de los casos, impedir la inclinación longitudinal o transversal de la carga.

Para el reparto de la carga se tendrán en cuenta las cargas máximas de eje autorizadas así como las cargas mínimas de eje necesarias dentro de los límites de la masa máxima autorizada del vehículo, en consonancia con la legislación sobre pesos y dimensiones de vehículos

Para ello las empresas del sector deben realizar cursos de actualización donde se desarrolle la legislación y normativa relevante, y la evaluación de riesgos. Además, de las medidas de control y prevención de riesgos en los diferentes tipos de vehículos y lo relativo a una carga segura. En esta acción formativa se explica el proceso de carga/descarga, las precauciones a tomar y lo referente a la planificación de la carga/descarga para garantizar que el vehículo y el equipo de sujeción son idóneos.

La carga que se transporte en un vehículo de mercancías, así como los accesorios que se utilicen para su protección, deben estar dispuestos para que no pueda arrastrar, caer total o parcialmente, o desplazarse de manera peligrosa; comprometer la estabilidad del vehículo; o producir ruido, polvo u otras molestias que puedan ser evitadas.

Las materias de inspección consisten en identificación del vehículo, equipo de frenado, dirección, visibilidad, equipo de alumbrado y componentes del sistema eléctrico, ejes, ruedas, neumáticos, suspensión, chasis, equipos diversos, emisiones contaminantes, y las inspecciones adicionales para los vehículos de transporte de personas.