Definiciones de Formación Profesional para el Empleo.

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Definiciones de Formación Profesional para el Empleo.

Un listado de algunos conceptos utilizados en Formación Profesional para el Empleo:

 

a) Acción formativa: Acción dirigida a la adquisición y/o mejora de las competencias y cualificaciones profesionales, pudiéndose estructurar en varios módulos formativos con objetivos, contenidos y duración propios.

b) Especialidad formativa: Agrupación de contenidos, competencias profesionales y especificaciones técnicas que responde a un conjunto de actividades de trabajo enmarcadas en una fase del proceso de producción y con funciones afines. La especialidad formativa sirve como referente para la programación de acciones en el marco del Subsistema de formación profesional para el empleo. La especialidades formativas pueden ser dirigidas a la obtención de certificados de profesionalidad o no.

c) Fichero Autonómico de Especialidades Formativas: Catálogo de especialidades formativas que servirá de base para la programación de las acciones formativas y planes de formación que se desarrollen en la CCAA.

d) Grupo: Conjunto de personas destinatarias de cada una de las ediciones de una acción formativa, dentro del mismo Plan de Formación. En cada grupo participan un conjunto de alumnos y alumnas que realizan simultáneamente una misma acción formativa con igual profesorado, calendario, horario, y lugares de impartición.

e) Iniciativas de Formación: Conjunto de programas de formación en el que se subdivide la Formación Profesional para el Empleo.

f) Itinerario formativo. Conjunto concatenado de acciones formativas complementarias entre sí, dirigidas a un grupo de trabajadores y trabajadoras con el fin de ofrecerles una mayor especialización que permita completar su cualificación para mejorar su empleabilidad.

g) Itinerario Personalizado de Inserción: Diseño, realización y seguimiento de una secuencia concatenada de acciones, destinadas a mejorar la empleabilidad de las personas demandantes de empleo inscritas como desempleadas en el Servicio Público autonómico..

h) Micropyme: Empresa que ocupa a menos de 10 personas y cuyo volumen de negocios anual o cuyo balance general anual no supera los 2 millones de euros, de conformidad con la definición dada en la Recomendación 2003/361/CE de 6 de mayo de 2003.

i) Módulo formativo del Certificado de Profesionalidad: Bloque coherente de formación asociado a cada una de las unidades de competencia que configuran la cualificación acreditada mediante el Certificado de Profesionalidad. La evaluación positiva de todos y cada uno de los módulos formativos asociados a una unidad de competencia permitirán la acreditación de la misma.

j) Plan de Formación: Conjunto coherente y ordenado de acciones formativas, concretado en un periodo determinado de tiempo y encaminado al logro de unos objetivos formativos.

k) Programa formativo: Conjunto de actuaciones en materia de formación dirigidas a un colectivo concreto o a una finalidad concreta. El programa formativo se desarrollará mediante planes de formación, proyectos formativos o itinerarios de formación.

l) Proyecto formativo: Conjunto de actuaciones que incluye, además de las acciones formativas, otras acciones, tales como becas o prácticas profesionales, diseñado específicamente para un sector de actividad, un ámbito territorial o un colectivo determinado y planificadas conjuntamente con el fin de mejorar la empleabilidad de los destinatarios finales.

m) Unidad de competencia: La unidad mínima acreditable para obtener un Certificado de Profesionalidad, siendo susceptible de reconocimiento y acreditación parcial.

n) Unidad formativa: Subdivisión de los módulos formativos de los Certificados de Profesionalidad que se recogerán en el Fichero de Especialidades Formativas.