Formación Continua, más palo que zanahoria.

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Todavía no está regulada la Formación Programada o Bonificada.

Está claro que en España sigue sin abrirse un verdadero debate nacional sobre la formación de los trabajadores (Formación Continua), sólo nos basamos en normativas que se publican con cuentagotas, donde repiten lo mismo que en la norma anterior, y con la paradoja que duplican párrafos de un modo literal (incluso dentro del último RD 694/2017 se repite el mismo párrafo en el art 11 y 14).

En 2015 se puso en marcha la Ley 30, que se vendió como la panacea de todos los males de la Formación, a los 2 años se publica un Real Decreto donde no tienen reparos en señalar que dicho desarrollo reglamentario no se agota, y que para determinados aspectos se considera más adecuada una regulación mediante órdenes ministeriales. Por lo tanto a los 2 años estamos igual que al principio, un mismo curso puede ser regulado por 4 normativas distintas, publicadas en 2007, 2008, 2015 y 2017, y algunas de ellas con información contradictoria. El sector de la Formación se pregunta la fecha definitiva de eliminación del régimen transitorio. Es decir, poca “Zanahoria”.

En los últimos meses se han anunciado novedades tras la publicación del RD 694/2017, aunque en su mayoría entran en vigor el 1 de enero de 2018. Pero lo que sí se intensifica los procesos de control, seguimiento y régimen sancionador de la Formación Programada o Bonificada, participando muchos actores: Fundae, SEPE estatal, SPE de las CCAA, la Inspección de Trabajo, Tes Gral Seguridad Social, …(basada en normativa de Infracciones y Sanciones de Orden Social). Lo que quiere decir: mucho “Palo”.

No existe una normativa clara para trabajar como entidad organizadora o formadora, pero sí que está definido es el Plan Anual de Seguimiento, con indicadores de riesgo, protocolos y niveles de actuación, con una relación de las incidencias más repetidas por parte de los proveedores, empresas bonificadas, entidades organizadoras, proveedores de formación, incluso con black list.

El seguimiento de la Formación Programada o Bonificada tiene un tratamiento distinto si las actuaciones son En Tiempo Real, con análisis del periodo de ejecución, hoja de visita, aula, materiales didácticos, formador presencial…, a diferencia de actuaciones En Tiempo Real sobre los cursos impartidos en Modalidad Teleformación, con la comprobación de plataforma, contenidos, tutor, tutorización, evaluación y el tiempo de conexión (lo que algunos lo definen como la fórmula de la Coca Cola),……

Por otro lado, están las actuaciones EPI (Ex post Inmediato), que dispone de entrevista a la entidad organizadora, empresa bonificada, y participante (ya sea llamada de teléfono o encuesta por e-mail). O las inspecciones Ex post de Contraste Documental y Justificación Económica, donde analizan la justificación de costes, soportes justificativos, pago de costes, contabilidad,…

Resumiendo la Formación Continua en España, mucho Palo y poca Zanahoria.