Las áreas de Empleo y Formación de ámbito estatal y autonómico planifican las convocatorias de subvenciones de formación de oferta para la época estival, algunos dicen que para fastidiar a las entidades de formación.
En las próximas semanas se publicarán las convocatorias de subvenciones de Oferta estatal para ocupados, y las de Oferta de muchas CCAA (por ejemplo Andalucía con 142 millones). También se encuentran en periodo de entrega de solicitud por ejemplo Castilla León (20 millones) o Valencia (39 millones). Pero todas con la gran novedad que van dirigidas mediante concurrencia competitiva a los centros o entidades de formación, prescindiendo de otros agentes extraños.
En la convocatoria de Valencia, tienen prioridad las programaciones de la modalidad Formación para la Inserción y las de Formación Modular Transversal, que se ejecutará por entidades acreditadas y se corresponderá con las especialidades recogidas en un Anexo. Además tendrá mayor valoración las solicitudes que prioricen la baremación EFO y EFOTEC, las normas de Calidad, experiencia de centro, grado de ejecución, grado de inserción o contratación, compromiso voluntario inserción, inclusión social, y la igualdad entre mujeres y hombres.
En la Convocatoria de Andalucía se distingue un apartado para desempleados, otro para ocupados y uno específico para escuelas taller y casas de oficio. En los criterios de valoración prima la programación formativa, con acciones de especialidades formativas conducentes a la obtención de certificados de profesionalidad, el tipo de contratación que declare la entidad respecto a los formadores que participen en la programación solicitada (contratados, autónomos,…), el grado de cumplimiento de años anteriores, y las acreditaciones en sistemas de gestión de la calidad en vigor: ISO 9001, calidad total EFQM, u otras normas (Prevención, Medio ambiente, Q*FOR).
Se debe aportar una documentación acreditativa basada en aspectos administrativos como:
- a) Documentación acreditativa de la personalidad del solicitante, en caso de no haberse prestado consentimiento para la consulta de sus datos de identidad.
- b) Copia auténtica o autenticada de la Tarjeta de Identificación Fiscal.
- c) Copia auténtica o autenticada de los Estatutos o, en su caso, escritura de constitución de la entidad.
- d) Copia auténtica o autenticada de la orden de designación o delegación del representante de la entidad solicitante.
Y también una documentación técnica que irá acompañada de una memoria descriptiva del proyecto a subvencionar en la que aparecerá al menos la siguiente información:
- a) Denominación del proyecto.
- b) Planificación del proyecto a ejecutar, con indicación de la duración total del mismo, así como sus fases y fechas previstas de desarrollo.
- c) Coste del proyecto o acción debidamente desglosado por conceptos.
- d) Documentación acreditativa necesaria para la justificación de los criterios de valoración. Asimismo, deberá aportarse la documentación necesaria que se establezca en la correspondiente resolución de convocatoria.